TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
INCIDENTE EXCEPCIONAL DE
NULIDAD DE ACTUACIONES.
PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES.
El derecho constitucional está presente en la mayoría de litigios que se plantean en nuestro ordenamiento interno. Sin embargo, muchos operadores jurídicos omiten esta dimensión a la hora de interponer sus pleitos en la primera y segunda instancias, lo cual dificulta posteriormente sus eventuales recursos ante los Altos Tribunales. En DSUITS asesoramos cualquier pleito que, ya en sus primeras instancias, plantee cuestiones de índole constitucional, diseñando estrategias procesales desde el inicio del procedimiento.
Nuestra Firma asumirá también la completa dirección letrada del asunto desde que finalice la segunda instancia del proceso. Además, somos especialistas en loc clásicos procedimientos de derecho constitucional, esto es, el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, el incidente de nulidad de actuaciones, y el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales, también llamado amparo ordinario por su carácter preferente y sumario.
RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL
Se presenta demanda ante el Tribunal Constitucional una vez ya se han agotado todas las instancias de la Jurisdicción Ordinaria. Solo cabe por vulneración de derechos fundamentales y debe presentar especial trascendencia constitucional, la cual debe justificarse debidamente en el recurso.
INCIDENTE DE NULIDAD DE ACTUACIONES
Remedio procesal extraordinario para resoluciones que vulneran derechos fundamentales y contra las cuales ya no cabe ningún recurso en la Jurisdicción Ordinaria. Es preceptivo cuando se alega una infracción de la última resolución de esa Jurisdicción.
AMPARO ORDINARIO (PROCEDIMIENTO ESPECIAL)
Reparación de vulneraciones de derechos fundamentales ante los tribunales ordinarios y con carácter urgente. Se tramitan de manera preferente y sumaria, tienen reglas propias y pueden recurrirse como cualquier otro.
ASESORAMIENTO CONSTITUCIONAL COMPLETO
Asistencia en cuestiones de derecho constitucional en cualquier pleito y ante cualquier instancia. Diseño de la estrategia procesal en relación con estas cuestiones desde el inicio. Dirección letrada una vez concluida la 2ª instancia.